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CIRCULAR BOLSAS – Número 3
02/02/2015
02-02-2015 Resolución Conjunta SAGyP-CNV Nº 208 y 628
Las Bolsas de Cereales de BahÃa Blanca, Buenos Aires, Córdoba y Entre RÃos y Bolsas de Comercio de Chaco, Rosario y Santa Fe recuerdan a todo los operadores alcanzados por la norma de referencia, que tal como se informara en Circulares anteriores,desde el 01/01/2015 se encuentra vigente la obligación de informar todas las operaciones de compraventa de granos y canjes al Sistema de Información Obligatoria âSIO GRANOSâ- www.siogranos.com.ar. A partir del 01/02/2015, la obligación de informar debe realizarse en la fecha de concertación de la operación, y hasta las 24 hs. de dicho dÃa âsin retraso artificialâ, tal dispone la citada normativa. Las operaciones informadas vencido dicho plazo serán objeto de las sanciones que oportunamente establezca la autoridad de aplicación. El sistema admitirá un solo declarante en cada operación: el corredor (si lo hubiera) o en su defecto, el comprador. Los operadores incluidos en el R.U.C.A Registro Ãnico de la Cadena Agroalimentaria (Resolución 302 MINAGRI), tendrán acceso para efectuar las declaraciones, asà como también consultar las mismas. El resto de las empresas (no incluidas en el R.U.C.A) tendrán acceso a consultas de operaciones de las que formen parte. Las declaraciones deberán corresponder a operaciones realizadas sobre los siguientes productos, según lo establecido por la Resolución Conjunta: cebada forrajera, girasol, maÃz, soja, aceite de soja, sorgo y trigo. Ingresando a https://www.siogranos.com.ar/docs/manualSioGranos.pdf, se podrá acceder y descargar el Manual en Pdf con las pantallas que ofrece el sistema y las aclaraciones sobre los distintos campos a cargar. Las consultas sobre el sistema deberán dirigirse por escrito a: consultas@siogranos.com.ar
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NOV 17